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Es oficial: nuevo esquema y aumento para las asignaciones
familiares
Se estableció un nuevo esquema para el pago de asignaciones familiares a partir de septiembre (son las que se pagan en noviembre) donde aparece un nuevo instrumento que será el que se tenga en cuenta para su pago, el IGF (Ingreso Grupo Familiar).Para obtener este beneficio, la suma de los ingresos del padre y la madre no podrán superar los $14.000 (hasta $7.000 por cada uno).
Asimismo, se anunció el aumento del 25,9% en las asignaciones familiares y de la asignación universal por hijo. Ésta última pasará de $270 a $340 mensuales.
Ponemos a disposición el nuevo esquema:
Asimismo, según un comunicado de prensa emitido el 14/09/2012 por la ANSeS, se ha aclarado que mediante la reglamentación del nuevo régimen se establecerá que los grupos familiares continuaran cobrando en una categoría igual o mejor a la que venían cobrando antes de estos cambios. Los mantendremos al tanto de los cambios o modificaciones que se vayan produciendo en la medida que la ANSeS emita las mencionadas reglamentaciones.
¿Tiene listo su smartphone?
Nuevo cartel obligatorio de la AFIP para los locales comerciales
La AFIP lanzó un nuevo cartel obligatorio para los comercios que se deberá utilizar a partir del mes del mes de octubre. A través del mismo, los clientes e inspectores podrán consultar los datos básicos y la situación fiscal del comercio. La nueva herramienta va a reemplazar al actual "Exija su factura", "Controladores fiscales" y a las "Constancias de Inscripción".
La propuesta se llama "Data Fiscal", tendrá un código que individualiza al contribuyente, que podrá ser escaneado por teléfonos celulares inteligentes (smartphones) y allí se observará la cantidad de empleados registrados y la presentación de las declaraciones juradas de los diferentes impuestos. A través de este sistema se podrán realizar denuncias en caso de detectar irregularidades.
En los próximos días haremos llegar a nuestros clientes los carteles de sus locales.
Se confirmó.
Nuevo feriado extraordinario en septiembre
Se estableció finalmente como feriado extraordinario por única vez al lunes 24 de septiembre de 2012, día en que se conmemora la Batalla de Tucumán. Ese día del año 1812, las tropas argentinas al mando del general Manuel Belgrano derrotaron a las realistas dirigidas por el brigadier Juan Pío Tristán, que las doblaban en número, y detuvo el avance español en el noroeste argentino.
Nuevos valores.
Aumenta el Salario Mínimo Vital y Móvil
Le acercamos el cronograma con el incremento escalonado del Salario Mínimo. Es importante aclarar que los trabajadores contratados a tiempo parcial y jornada lo percibirán en forma proporcional.
Lo que se viene…
Los recibos de sueldo deberán emitirse en forma digital
Para fin de año, los empleadores deberán emitir recibos de sueldos al personal en relación de dependencia, a través de formas electrónicas en reemplazo de soporte en papel. Para implementarlo, el empleador deberá realizar un trámite ante la Secretaría de Trabajo.
Hasta el momento este procedimiento era opcional pero se convertirá en obligatorio de forma progresiva. Lo mantendremos al tanto de las novedades y cronogramas de implementación
Viajes al exterior.
Nueva percepción del 15% para gastos con tarjeta realizados fuera del país.
A partir de ahora, los consumos que se realicen fuera del país con tarjeta de crédito y débito tendrán un recargo adicional del 15% a cuenta del impuesto a las Ganancias o de Bienes Personales. Esto también alcanza a las compras realizadas en moneda extranjera por Internet. Esta medida se debe a que la salida de divisas vía compras con tarjetas en el exterior creció un 48,2% en junio.
Es importante aclarar que no es un nuevo impuesto sino un adelanto de las liquidaciones impositivas anuales. Sin embargo, hasta el momento no se ha establecido el mecanismo para devolver el 15% a quienes, por no exceder los mínimos, no les corresponda pagar estos impuestos.
Además, se dispuso que las emisoras de las tarjetas deberán informar mensualmente el detalle de los consumos realizados en el país y los efectuados en el exterior sin límites de monto.
La AFIP
monitorea a los contribuyentes.
Rige el control sobre los gastos en expensas y colegios privados
Le recordamos que los administradores de consorcios tiene un régimen de información donde se debe informar el monto de expensas o gastos que correspondan a inmuebles ubicados en "Countries", clubes de campo, clubes de chacra, barrios cerrados, barrios privados y demás urbanizaciones cuando la superficie del bien (incluidos terrenos sin superficie construida) sea mayor o igual a 400 metros cuadrados y el importe de las expensas o gastos determinados por todo concepto resulte mayor o igual a $2000.
Para el caso de los edificios la superficie de los departamentos debe ser mayor o igual a 100 m2 y el monto de las expensas sea mayor a $2000.-
A su vez, las instituciones educativas de nivel inicial, primario y secundario también son agentes de información cuando los importes facturados en concepto de cuotas escolares mensuales, sean superiores a $ 2.000 por alumno.
Estas y otros sistemas de información similares establecidos por la AFIP buscan establecer el nivel de gastos de los contribuyentes a efectos de verificar si guarda relación con el nivel de ganancias declaradas en las Declaraciones Juradas Anuales .
Desde septiembre.
Atención importadores: aumentan las percepciones!
La A.F.I.P modificó, a través de una nueva resolución, los regímenes de percepción en el Impuesto a las Ganancias y en el I.V.A al momento de importar bienes. Asimismo, derogó el Certificado de Validación de Datos de Importadores (CVDI), que existía a los fines de reducir dichas percepciones. Las modificaciones son las siguientes:
-Impuesto a las Ganancias: Se aumenta la alícuota de un 3% a un 6%.
-Impuesto al Valor Agregado: Se incrementan las alícuotas de la siguiente forma: Del 10% pasa al 20% para bienes importados que paguen a la alícuota general del 21%, y del 5% pasan al 10% para los bienes con la alícuota reducida (10.5%).
Es decir que al momento de efectuar un importación que lleve una tasa de de IVA del 21% habrá que pagar: 6% de Percepción de Ganancias, 21% de IVA, 20% de percepción de IVA y los derechos aduaneros que correspondan a lo que se está importando (en general, el 30%), así como otros gastos (tasa estadística, almacenaje, etc). No corresponderá percepciones o pagos en concepto de IVA respecto de aquellos bienes exentos de ese impuesto (Por ejemplo: Libros)
Esperamos que el presente InfoServicio, elaborado especialmente para nuestros clientes, le haya sido de utilidad. Es nuestra intención proveerlos información completa y actualizada para que puedan tomar decisiones apropiadas, y las lleven a cabo en los plazos y formas legales. No dude en comunicarse con nosotros en caso de necesitar más detalles sobre algún tema.
Hasta la próxima,
Gerardo Raposo
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