¡Atención empleadores!
Se aplica la nueva Ley de ART y se condena a empresa por cifra millonaria
La Ley sancionada recientemente, establece una "opción excluyente". Esto le da al reclamante la posibilidad de recibir el resarcimiento ofrecido por la ART o la reparación con los montos que establece la Ley.
Es por este motivo que la justicia condenó a una empresa por el fallecimiento de un empleado en un accidente de trabajo con un monto cercano al $1.000.000.
Es importante tener en cuenta que las compañías ofrecen un seguro complementario que cubre la diferencia entre lo que debería pagar la aseguradora y la opción de responsabilidad civil que puede ejercer el trabajador.
A la hora de una inspección
Provincia y Nación comenzarán a cruzar datos fiscales
ARBA desarrolló una herramienta informática novedosa que permitirá detectar, durante los controles en comercios, las ventas no declaradas, realizando un cruce automático entre el mencionado organismo y AFIP.
Los inspectores utilizarán un dispositivo inalámbrico en el que introducen el CUIT del contribuyente y el sistema analiza si surgen diferencias entre lo declarado por el comerciante en concepto de IVA y lo informado sobre Ingresos Brutos.
Si se detectan irregularidades y en el plazo para normalizar la situación el contribuyente no lo hizo, se inicia de inmediato una acción de fiscalización más exhaustiva.
Para el trabajo agrario
Se registrará de oficio a empleadores y trabajadores que estén en falta
Tanto empleadores como empleados que, estando inscriptos como tales en AFIP, pero no en el Registro Nacional de Trabajadores y Empleadores Agrarios (RENATEA), serán registrados “de oficio” al entrar en el ámbito de aplicación de la nueva Ley para el Trabajo Agrario.
La registración automática será retroactiva a la fecha de inicio de la relación laboral para el caso de los trabajadores y a la fecha de alta en la AFIP para los empleadores.
Se efectiviza a partir de este mes
Se oficializó el aumento de las deducciones de ganancias en un 20%
Como se acordó recientemente, aumentaron un 20% en las deducciones personales para el Impuesto a las Ganancias y su aplicación se efectiviza este mes.
Tal como les informamos en el Infoservicio de febrero, estos son los nuevos valores:
Ganancia no imponible: $15.552
Deducción especial: $74.650
Cargas de familia: Cónyuge: $17.280 / Hijos: $8.640 / Otras cargas: $6.480
Servicio doméstico: $15.552
De esta manera, el límite mínimo para un soltero será de $8.360 brutos y para un casado con 2 hijos de $11.563 brutos.
Es importante destacar que AFIP aún no ha adecuado las tablas para las retenciones de ganancias mensuales que sufren los empleados en relación de dependencia, por lo cual, a la fecha se desconoce si este aumento tendrá efectos retroactivos sobre las retenciones ya sufridas en el 2013.
En la Ciudad de Buenos Aires
El pago de las expensas vía bancaria será optativo
El Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires implementará el pago de expensas vía bancaria de forma opcional. La puesta en marcha de la obligatoriedad fue suspendida por orden de la Justicia, tenía por objeto mejorar el control de los administradores de consorcios.
Se tomó esta decisión porque existe un porcentaje de propietarios que carecen de los medios tecnológicos necesarios para realizarlo y/o no tienen una cuenta bancaria para efectuar los depósitos.
Nueva herramienta
ARBA sigue informatizándose
La Agencia de Recaudación de Buenos Aires decidió mejorar el sistema que permite a los contribuyentes consultar intimaciones y realizar los descargos de forma online. Servirá para constatar las citaciones, notificaciones, requerimientos o reclamos de pago.
¿Sabía UD que…
… desde febrero se encuentra disponible el formulario 572 web para ser completado online por los trabajadores alcanzados por el Impuesto a las Ganancias, para el período fiscal 2013?
Recuerde que…
… a partir de este mes se incrementa el aporte mensual de Autónomos en un 15,18% a raíz de la aplicación del Índice de Movilidad Jubilatoria.
… los exámenes preocupacionales que se realizan a los trabajadores tienen una validez de 18 meses contados a partir de su realización.
Esperamos que el presente InfoServicio, elaborado especialmente para nuestros clientes, le haya sido de utilidad. Es nuestra intención proveerlos información completa y actualizada para que puedan tomar decisiones apropiadas, y las lleven a cabo en los plazos y formas legales. No dude en comunicarse con nosotros en caso de necesitar más detalles sobre algún tema.
Hasta la próxima,
Gerardo Raposo
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