Se inició la devolución del 15% por los gastos con tarjeta
¿Ha comprado en moneda extranjera y no paga ganancias?
Las personas que hayan tenido percepciones por consumos efectuados en moneda extranjera a través de tarjetas de crédito o débito en el exterior o en el país a través de Internet y no paguen Impuesto a las Ganancias o Bienes Personales, ya pueden solicitar la devolución a través del sitio web de AFIP. Para ello deben tener registrados: CUIT, clave fiscal y los datos biométricos (foto, firma y huella digital), e informar un CBU para el depósito del reintegro.
En caso de aprobarse la solicitud, el importe correspondiente será devuelto a través del banco informado. Si la solicitud fuera rechazada podrá apelarse.
Será obligatorio declarar online las deducciones del trabajador
Aumenta la informatización y el control en el Impuesto a las Ganancias
Los trabajadores en relación de dependencia que perciban una remuneración bruta de $250.000 por año o $19.230 por mes durante el 2013 deberán declarar a través de la página de la AFIP las deducciones a tomar para el Impuesto a las Ganancias del año próximo, para que el empleador le efectúe las retenciones correspondientes.
Este mecanismo reemplaza el formulario manual que el trabajador entregaba a su empleador, y entra en vigencia a partir del 01/02/2013 debiéndose presentar antes del 31/01/2014.
Si el trabajador paga Impuesto a las Ganancias y quisiera descontarse las percepciones del 15% efectuadas por compras en moneda extranjera (realizadas en el 2012) deberán hacer esta declaración antes del 31/01/2013.
Ciudad de Buenos Aires
Impuestos del GCBA - Modificaciones para el 2013
A continuación detallamos las principales modificaciones tributarias para este año:
Impuesto sobre los Ingresos Brutos: se crearon alícuotas diferenciales mayores para aquellos que tengan ingresos en el año anterior superiores a $38.000.000. Se elevó al 7% la alícuota para los agentes de bolsa, intermediarios de acciones y títulos y los prestadores de dinero. Además, se eximen del impuesto los servicios prestados al GCBA que se adjudiquen por licitación pública.
Régimen Simplificado de Ingresos Brutos: se crea una nueva categoría para los contribuyentes con ingresos anuales de hasta $200.000 (antes el máximo era $ 144.000).
Impuesto a los sellos: por transferencia de automóviles usados se fija una alícuota del 3% y para automóviles nuevos del 1%. Para transferencia de inmuebles la alícuota se incrementa del 2,50% al 3,6%. Y la alícuota general sube del 0,8% al 1%.
Patentes: se establecen incrementos en vehículos cuyas valuaciones fiscales superen los $150.000.
Se crea el domicilio fiscal electrónico como sitio informático registrado por los contribuyentes y responsables para el cumplimiento de sus obligaciones fiscales y para la entrega o recepción de comunicaciones.
Los contribuyentes con actividad “locación de inmuebles con fines turísticos” deberán inscribirse en el registro que a tal fin creará la AGIP. De no hacerlo, el ente presumirá que el inmueble estuvo alquilado y reclamará un impuesto estimado por todos los años no prescriptos. Esta responsabilidad se extenderá a los intermediarios inmobiliarias, agencias de turismo, etc.) que intervengan en la oferta de estos inmuebles.
Nuevo Padrón de Riesgo Fiscal del GCBA/AGIP
¿Tiene usted una buena conducta fiscal?
La AGIP continúa incorporando contribuyentes con incumplimientos impositivos a su Padrón de Riesgo Fiscal, disponible para consultas en el sitio web del organismo. Los que hayan sido incluidos sufrirán por parte de los agentes de retención y percepción (Bancos, Tarjetas de Crédito, Proveedores) retenciones y percepciones de IIBB que van del 4,5% al 6%. Con esto, muchas veces los importes retenidos superarán ampliamente el Impuesto sobre los Ingresos Brutos que hubiera pagado el contribuyente incumplidor.
A partir de Diciembre de 2012
¡Ahora las inspecciones son también electrónicas!
La AFIP implementó un sistema de control de cumplimiento de las obligaciones de los contribuyentes denominado “Fiscalización electrónica”. El plazo de notificación será de 10 días hábiles, prorrogables a 10 más, como cualquier inspección presencial, y en dicho plazo el contribuyente deberá realizar la primera contestación y aportar pruebas a través del sitio web. El incumplimiento de la misma generará multas, como principal sanción.
Defensa al Consumidor en la Ciudad de Buenos Aires
Carteles y leyendas obligatorias sobre el cambio de mercadería
Complementando la obligación de poner una leyenda en las facturas informando que la mercadería puede ser cambiada en los mismos días y horarios que para las compras, el GCBA ha establecido la obligación de colocar un cartel con la misma información, aclarando que el plazo de cambio, para productos no perecederos puede hacerse dentro de los 30 días, o plazo mayor si así lo dispusiese el comercio.
Ingresos Brutos – Provincia de Buenos Aires
Excluyen del régimen ARBANet a los inscriptos en IVA
A partir del 01/01/2013, quedan excluidos del régimen de liquidación de anticipos del Impuesto sobre los Ingresos Brutos (ARBANet) aquellos contribuyentes que sean Responsables Inscriptos en el IVA, debiendo liquidar su impuesto por el Régimen General.
Régimen de Información de Alquileres
AFIP prorrogó parcialmente la entrada en vigencia hasta el 2014
¿Cuáles son las operaciones inmobiliarias que deben cumplir con el régimen de información? El régimen vigente desde el 01/06/2011 incluye las operaciones inmobiliarias que involucren bienes inmuebles rurales que tengan una superficie arrendada, cedida o afectada al contrato y/o cesión igual o superior a 30 ha., ya sea en forma onerosa o gratuita.
¿Cuáles quedan comprendidos en la prórroga? Se prorroga hasta el 01/01/2014 el régimen de información para las operaciones de locación, alquiler, arrendamiento o cesión de derechos de bienes inmuebles urbanos, incluidos leasing, por cuenta propia o con intervención de los intermediarios, locación de espacios o superficies fijas o móviles delimitados dentro de bienes inmuebles urbanos (locales comerciales, stands, góndolas, espacios publicitarios, cocheras, bauleras, localización de antenas de telefonía celular, etc.) por cuenta propia o por cuenta y orden de terceros.
Optativo para los meses de enero
¡La AFIP implementó también su Feria Fiscal!
Con motivo de la feria judicial, AFIP establece un régimen opcional de presentación y pago de las declaraciones juradas de: IVA, Impuesto a las Ganancias y a la Ganancia Mínima Presunta que vencen durante el mes de enero de cada año.
Para poder ejercer esta opción el contribuyente debe tener un buen comportamiento fiscal. No podrán optar por esta modalidad quienes tengan ingresos superiores al $1.000.000 en el año inmediato anterior.
Esta norma, entonces, permite que los contribuyentes puedan presentar y pagar sus declaraciones juradas recién en Febrero (en lugar de Enero). Para acceder al beneficio solo deberá efectuar un pago a cuenta durante Enero.
¿Sabía Ud…?
…que aprobó como feriado, por única vez, el jueves 31 de enero de 2013? Es en conmemoración de los 200 años de la Asamblea de 1813. También el miércoles 20 de febrero del 2013, en conmemoración de los 200 años de la Batalla de Salta.
Se creó un nuevo registro
¿Usted es un contribuyente socialmente responsable?
La AFIP creó un Registro de Contribuyentes Socialmente Responsables (llamado RegistraRSE), el cual tiene como objetivo el reconocimiento de aquellos contribuyentes con un correcto comportamiento social.
La inscripción al citado Registro es voluntaria y para realizarla las empresas deben contar con los siguientes requisitos:
Haber cumplido con el ingreso de la totalidad de las deudas impositivas.
Que la empresa y sus directores o apoderados no tengan denuncias por delitos penales tributarios o por delitos comunes relacionados con el incumplimiento de sus obligaciones tributarias en los últimos dos años.
No integrar la base de contribuyentes no confiables.
Poseer actualizada la información respecto de las actividades económicas que realiza.
Tener actualizado el domicilio fiscal declarado.
Tener más de 300 trabajadores registrados y haber declarado la totalidad del personal que se desempeña bajo relación de dependencia.
Acreditar la efectiva puesta en marcha de algún programa que responda a las prácticas reconocidas bajo el concepto de Responsabilidad Social Empresaria.
A partir de Enero 2013
Nuevos importes para las rúbricas de los libros laborales
A partir de este mes, rubricar las hojas móviles que contiene el libro de sueldos será más caro.
En la CABA el valor por hoja asciende a $2,5 y en PBA a $3,50.
En Provincia de Buenos Aires
Si se contratan ex presos o discapacitados se paga menos Ingresos Brutos
La Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (ARBA) otorga beneficios en el Impuesto a los Ingresos Brutos a aquellas empresas que contraten ex presos o personas con alguna discapacidad por el aporte a su inserción sociolaboral. Podrá descontarse del impuesto un monto equivalente al 50% del salario que reciba cada trabajador.
El trámite debe realizarse a través de la página del organismo y consiste en la presentación de una declaración jurada con los datos de los empleados y los certificados correspondientes.
Ahora para lavaderos de autos…
Crecen los controles contra el trabajo no registrado
La AFIP podrá determinar cantidades mínimas de trabajadores y/o salarios para los lavaderos de autos, que se suman a las actividades ya existentes.
Si el lavadero tiene más de 400 m2 debe tener registrados como mínimo 10 trabajadores por cada turno de 8 hs., si la superficie tiene entre 200 m2 y 400 m2 deberá tener 7 y si tiene menos de 200 m2 deberá contar con 5 trabajadores en la nómina por turno. Si el comercio posee un sector destinado a la espera, donde se ofrezca algún tipo de refrigerio, comidas, etc., se adicionará 1 trabajador.
Si la empresa no llega a esos mínimos y no lo puede justificar, deberán pagar Aportes y Contribuciones por la diferencia con lo declarado.
¿Sabía Ud…?
…que no hay límite de embargo de sueldos en caso de juicios por alimentos ya que la suma es fijada por el juez de la causa?
Recuerde que…
…no existe requisito de antigüedad para cobrar el aguinaldo. Si el empleado no trabajó durante el semestre completo, se calcula proporcionalmente.
Esperamos que el presente InfoServicio, elaborado especialmente para nuestros clientes, le haya sido de utilidad. Es nuestra intención proveerlos información completa y actualizada para que puedan tomar decisiones apropiadas, y las lleven a cabo en los plazos y formas legales. No dude en comunicarse con nosotros en caso de necesitar más detalles sobre algún tema.
Hasta la próxima,
Gerardo Raposo
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