Estudio Contable G. Raposo y Asociados Contactenos
 

        
         INFOSERVICIO - Diciembre 2011

Estudio Raposo y Asociados Ingrese a Nuestro Sitio Web

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 


Estudio Raposo y Asociados Desde el Abril del 2012
Nueva Leyenda en Facturas y Tickets, y Cartel Obligatorio en CABA

La Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (A.G.I.P) estableció la obligatoriedad de colocar en las facturas y tickets emitidos en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires una leyenda en forma legible y destacada que indique “Teléfono Gratuito (147) del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires - Área de Defensa y Protección al Consumidor”. Por lo tanto las facturas emitidas a partir del mes de abril deben incorporar dicha leyenda.

Asimismo se agregó un nuevo cartel de carácter obligatorio con la siguiente leyenda “'Sr. consumidor o usuario: ante cualquier duda o reclamo diríjase al área de defensa y protección al consumidor de cualquier Centro de Gestión y Participación Comunal (CGPC) del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Bs. As. y/o al teléfono gratuito 147 del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires'".

También le recordamos que en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires rige desde el 11/2009 una obligación similar en las facturas y tickets que se emitan a consumidores finales. La misma debe contener la siguiente leyenda: “Orientación al Consumidor Provincia de Buenos Aires - 0800-222-9042" .

 

Estudio Raposo y Asociados Cambio en normativa de ANSES
¿Qué deberá hacer el trabajador para cobrar la Ayuda Escolar Anual?

Aquellos trabajadores en relación de dependencia que perciban de forma automática (en marzo o abril) la Ayuda Escolar Anual (asignación que paga ANSES mediante el Sistema Único de Asignaciones Familiares -SUAF-) o estén en condiciones de cobrarla, deberán presentar el certificado de inicio escolar expedido por la autoridad competente.

La presentación deberá realizarse entre la fecha de inicio del ciclo lectivo y el 31 de octubre del 2012 en cualquier dependencia de ANSES. Cabe recordar que el importe actualmente es de $170.-

 

Estudio Raposo y Asociados ¿Más descanso?
Nuevo feriado extraordinario en febrero

Se estableció como feriado extraordinario por única vez al lunes 27 de febrero de 2012, día en que se conmemora el bicentenario de la creación y primera jura de la bandera nacional.

 

Estudio Raposo y Asociados Atención Pequeños Contribuyentes con grandes gastos…!!!
El Fisco ejerce mayores controles sobre los Monotributistas

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) excluyó del monotributo a 318 personas que desde el inicio de 2010 a la fecha viajaron seis o más veces a países no limítrofes o poseían autos de alta gama y propiedades en countries, por no tener los ingresos para justificarlos. La mayoría de estos contribuyentes se encontraban en la categoría más baja que solo permite justificar ingresos hasta $24.000 anuales.

A partir de esta medida, estos contribuyentes pasaron en forma automática al Régimen General y como responsables inscriptos deberán liquidar y pagar, en caso de que corresponda, IVA, Ganancias y Autónomos.

El organismo también busca develar si existen relaciones de dependencia `encubiertas` para evitar el abuso de la figura del monotributo y la evasión de aportes y contribuciones por parte de las empresas.

 

Estudio Raposo y Asociados Ingresos Brutos de la Capital Federal
¿Es usted Contribuyentes con Alto Riesgo Fiscal?

La Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (A.G.I.P) modificó el régimen que establece cuáles son los contribuyentes encuadrados con “Alto Riesgo Fiscal” en el impuesto a los Ingresos Brutos. Se consideraran contribuyentes de alto riesgo fiscal a aquellos que se encuentren en las siguientes situaciones:

• En los últimos 12 meses no hubieran presentado 6 o más DDJJ y/o anticipos mensuales.
• Se detecte que el impuesto pagado sea inferior al 50% del impuesto que hubiere correspondido ingresar.
• Que posean baja de oficio en el impuesto a los ingresos brutos.
• Estén inscriptos en el Régimen Simplificado pero que por su naturaleza societaria no corresponde la inclusión en dicho régimen.
• Cuando no puedan ser localizados en el domicilio fiscal declarado.
• Aquellos que hubieran presentado el cese en dicho impuesto de forma provisoria hasta tanto no se le otorgue el cese definitivo.

Los responsables que hayan sido encuadrados dentro del riesgo fiscal, serán incorporados al SIRCREB (Retenciones Bancarias) con la alícuota más alta, aplicando una alícuota del 3,5% en el caso de Retenciones y del 4,5% para las percepciones.

Asimismo se estableció un sistema para presentar una disconformidad via internet
en la página Web de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos - reclamoriesgofiscal@agip.gov.ar.

 

Estudio Raposo y Asociados Tenga menos papeles
La era digital llega a los recibos de sueldo

A partir de ahora, los empleadores podrán emitir recibos de sueldos al personal en relación de dependencia, a través de formas electrónicas, en reemplazo de soporte en papel.

Para implementarlo, el empleador deberá pedir autorización ante la Secretaría de Trabajo. Allí, deberá fundamentar el por qué de su uso, como también aclarar mediante que tecnología se garantizará su autenticidad, integridad e inalterabilidad de los recibos emitidos bajo estas modalidades. Luego, el mencionado organismo evaluará la solicitud y previa opinión de las áreas técnicas y jurídicas, aceptará o no el pedido.

 

Esperamos que el presente InfoServicio, elaborado especialmente para nuestros clientes, le haya sido de utilidad. Es nuestra intención proveerlos información completa y actualizada para que puedan tomar decisiones apropiadas, y las lleven a cabo en los plazos y formas legales. No dude en comunicarse con nosotros en caso de necesitar más detalles sobre algún tema.

Hasta la próxima,

Gerardo Raposo


Gerardo Raposo


Infoservicio Suscribase a Nuestro Infoservicio

 

Larrea 45 - 3º piso - Of. “B” C1030AAA Buenos Aires - Argentina. Tel./Fax: 4954-3012 / 4951-0709

Deseo no recibir mas informacion