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Se acabó el papel…!!! Ahora es todo por internet.
Todos los contribuyentes: Monotributistas, Responsables Inscriptos y Exentos deberán usar Factura Electrónica y/o Controlador Fiscal (Ver más)
La AFIP da más financiación para deudas viejas.
Nuevo Plan de Pagos especial de 48 cuotas para deudas al 30/06/2018
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Se acabó el papel…!!! Ahora es todo por internet.
Todos los contribuyentes: Monotributistas, Responsables Inscriptos y Exentos deberán usar Factura Electrónica y/o Controlador Fiscal
La AFIP establece un cronograma por el cual todos deberemos usar facturas electrónicas y/o controladores fiscales, pudiendo optarse por cualquiera de los dos sistemas, o ambos. En caso de optar por controlador fiscal, deberá ser de “nueva generacion” y trasmitir via internet a la AFIP lo facturado semanalmente. Quedan exceptuados los incluidos en el Régimen de Inclusión Social y Promoción del Trabajo Independiente y de pequeños contribuyentes inscriptos en el Registro Nacional de Efectores.
Los comprobantes manuales solo se usarán como respaldo ante inconvenientes en los sistemas electrónicos no debiendo exceder el 5% de los comprobantes emitidos y en el caso de utilizarlos, deben informarse a AFIP el motivo de su utilización con pruebas de ello. Si exceden el 5%, serán obligados a usar controladores fiscales de “nueva generacion”.
CRONOGRAMA PARA MONOTRIBUTISTAS:
- Operaciones con otros contribuyentes:
- Operaciones con consumidores finales (TODAS las Categorias): 01/04/2019
CRONOGRAMA PARA EXENTOS:
OTROS CRONOGRAMAS o CAMBIOS:
- Los que facturen fuera de su negocio o local (a domicilio o en la calle): 01/01/2019
- Cambio de controladores fiscales “vieja generación” existentes por los de “nueva generacion”: 01/02/2021
- Los controladores de “vieja generacion” se venderán o repararan hasta el 31/03/2019
- Será obligatorio identificar al comprador en operaciones a consumidor final mayores a $ 5.000,-
- Los que tengan controladores fiscales que no impriman ticket-factura podrán emitir hasta 240 facturas manuales al año y mientras no excedan del 5% de las operaciones.
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La AFIP da más financiación para deudas viejas.
Nuevo Plan de Pagos especial de 48 cuotas para deudas al 30/06/2018
Este plan de AFIP estará vigente hasta el 31/10/2018 y contemplará la posibilidad de cancelar las obligaciones en hasta 48 cuotas, permitiendo refinanciar los planes existentes.
* Incluye: Impuestos anuales y mensuales, autonomos, monotributo, aportes y contribuciones de seguridad social.
* No incluye: Obra Social, ART.
* Pago a cuenta a ingresar: 10% de la deuda (5% para buenos contribuyentes) con un minimo de $ 1.000,-
* Intereres: PYMES: 2% anual sobre la tasa del BNA. RESTO: 3% anual sobre la tasa del BNA. Adhiriendo en agosto o septiembre. En octubre se le suma un 1% anual mas.
* Caducidad: 2 cuotas impagas por mas de 30 dias.
Esperamos que el presente InfoServicio, elaborado especialmente para nuestros clientes, le haya sido de utilidad. Es nuestra intención proveerlos información completa y actualizada para que puedan tomar decisiones apropiadas, y las lleven a cabo en los plazos y formas legales. No dude en comunicarse con nosotros en caso de necesitar más detalles sobre algún tema.
Hasta la próxima,
Gerardo Raposo
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