Índice
Nuevos sujetos obligados
Facturas electrónicas: Se siguen sumando actividades (Ver más)
A partir de Septiembre
Aumenta uno de los componentes del Monotributo (Ver más)
Por la Ley de movilidad jubilatoria
Se ajustan las jubilaciones y los aportes de autónomos (Ver más)
Por deudas contraídas hasta Diciembre 2013
Regularice su situación con ARBA y obtenga bonificaciones (Ver más)
Nuevos controles y cruces de información
Se amplia el régimen de información de Expensas, Consorcios, Clubes y Countries Privados (Ver más)
Beneficios para empresarios de la Provincia de Buenos Aires
Nuevo “Plan de Promoción, Preservación y Regularización del Empleo” (Ver más)
Nuevo sistema de control
Crean el Sistema de Control Fiscal de Estacionamiento (Ver más)
Para las empresas que deseen adherirse
Registro de Responsabilidad Social Empresaria (Ver más)
Incorporación de personal extranjero
¿Qué debe tener en cuenta para evitar multas? (Ver más)
Fallo a favor del empleado
¿Qué ocurre cuando se repite una misma enfermedad? (Ver más)
Impuesto a las Ganancias
Las gratificaciones por retiro voluntario no aplican para Ganancias (Ver más)
Extreman los controles por deudas de Cargas Sociales
Denuncias penales por la falta del pago de aportes (Ver más)
Multas y sus montos
Se endurecen las sanciones por Infracciones Laborales (Ver más)
Sabía Ud. que… (Ver más)
Nuevos sujetos obligados
Facturas electrónicas: Se siguen sumando actividades
Tal como venimos informando en nuestros Infoservicios anteriores, se continúa ampliando la obligación de emitir facturas electrónicas. A partir de agosto comprende también a aquellos contribuyentes que desarrollen servicios empresariales tales como publicidad, limpieza, seguridad, dotación de personal, etc.; como así también a los profesionales.
Si requiere asesoría y gestión sobre este tema, no dude en comunicarse con nosotros a: info@estudioraposo.com.ar
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A partir de Septiembre
Aumenta uno de los componentes del Monotributo
A partir del 01/09/2014 se incrementan los valores fijos del componente de la obra social. Pasará de $146 a $233, lo que significa un aumento en la cuota de $87. El aumento también afecta al adicional que se paga por cada adherente a cargo.
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Por la Ley de movilidad jubilatoria
Se ajustan las jubilaciones y los aportes de autónomos
A partir de septiembre, y tal como ocurre semestralmente, los haberes jubilatorios aumentarán un 17.21%. El aumento afectará al aporte de Autónomos del período 09/2014 (se abona en octubre). La AFIP aún no ha publicado la nueva tabla de valores.
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Por deudas contraídas hasta Diciembre 2013
Regularice su situación con ARBA y obtenga bonificaciones
A partir de ahora se pueden regularizar las deudas al 31 de diciembre de 2013 de Ingresos Brutos, Impuesto Automotor, Inmobiliario y de Sellos. El plan se podrá realizar mediante el sitio web del organismo o personalmente en las oficinas, y gozará de quitas en los intereses y financiación a tasas preferenciales según la cantidad de cuotas.
Aquellos que abonen al contado en una cuota deberán hacerlo durante los 15 días corridos desde la fecha de presentación del plan, mientras que los que lo hagan en cuotas deberán abonar un anticipo a los cinco días de su presentación, luego los vencimientos serán mensuales y consecutivos los días 10 de cada mes.
Los pagos deberán realizarse en el Banco Provincia u otras instituciones habilitadas. Las cuotas no podrán tener un monto inferior a $150 en el caso de deudas de impuesto inmobiliario o de automotores, ni de $250 por los realizados para deudas de Ingresos Brutos o de sellos.
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Nuevos controles y cruces de información
Se amplia el régimen de información de Expensas, Consorcios, Clubes y Countries Privados
La AFIP recibe mensualmente mucha información de sus llamados agentes de información, ya sea entidades bancarias, Registro de Propiedad Inmobiliaria, Registro Automotor, consorcios, entre otros. Ahora se amplia el régimen referido a Expensas, Consorcios de propietarios, Clubes y Countries Privados:
- Se incluye a los administradores de consorcios y de complejos urbanísticos privados como responsables solidarios de dar información al fisco.
- Se incorporan a la obligación los barrios de chacras, los barrios náuticos y cualquier otro complejo urbanístico privado.
¿Qué deben informar y en que casos?
- Los importes (de expensas, gastos comunes, gastos extraordinarios, cuotas sociales) abonados en cada mes y la modalidad de pago, con relación a los inmuebles de que se trate.
- Los Consorcios de propiedad horizontal: unidades cuya superficie sea mayor a 100m2 y el monto determinado de expensas mensuales supere los $2.000.
- Complejos urbanísticos: unidades cuya superficie sea mayor a 400m2 y el monto determinado de expensas mensuales supere los $ 2.000.
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Beneficios para empresarios de la Provincia de Buenos Aires
Nuevo “Plan de Promoción, Preservación y Regularización del Empleo”
El Ministerio de Trabajo ayudará económicamente a aquellas empresas que decidan tomar un empleado o registrarlo formalmente, pagando una parte del sueldo del empleado (correspondiente al 50% del salario mínimo, vital y móvil), por un plazo de 12 a 24 meses dependiendo del caso. El pago se hará efectivo en una cuenta bancaria creada especialmente.
El beneficio se tramita en el Ministerio de Trabajo de la Provincia de Buenos Aires. Para más información acerca de las condiciones y trámites a realizar para obtener el beneficio por favor comuníquese al Estudio vía telefónica o por mail a sueldos@estudioraposo.com.ar
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Nuevo sistema de control
Crean el Sistema de Control Fiscal de Estacionamiento
El llamado SICFE, que regirá a partir del 1/1/2015, controlará el cumplimiento de las obligaciones fiscales de las playas de estacionamiento, cocheras y/o garajes y a su vez proporcionará información respecto del ingreso y egreso de vehículos.
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Para las empresas que deseen adherirse
Registro de Responsabilidad Social Empresaria
A partir de 1/1/2015 se establece un procedimiento específico para el alta y la registración ante la AFIP de los programas que respondan a las prácticas reconocidas bajo el concepto de “Responsabilidad Social Empresaria (RSE)”, el cual deberá cumplirse a los efectos de la inclusión y permanencia en el
Registro de Contribuyentes Socialmente Responsables.
Los sujetos que se adhieran podrán ser incluidos en los programas de difusión comunicacional de la AFIP, como un aporte a la educación tributaria, mejorando su imagen ante la comunidad.
Destacamos que el organismo podrá suspender transitoriamente y por un lapso de 60 días corridos al sujeto que, incluido en el registro, se verifica que ha incumplido algún requisito.
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Incorporación de personal extranjero
¿Qué debe tener en cuenta para evitar multas?
La empresa que tome empleados en relación de dependencia de nacionalidad extranjera deberá cerciorarse de que la persona haya realizado el trámite de residencia precaria en la Dirección General de Migraciones, lo que lo habilitará para poder tramitar el número de CUIL provisorio en la ANSES, y de esta forma se podrá dar de alta como empleado en la AFIP.
De no cumplir con estos requisitos, ante algún relevamiento de personal realizado por el Ministerio de Trabajo u otro Organismo, la empresa podrá ser multada.
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Fallo a favor del empleado
¿Qué ocurre cuando se repite una misma enfermedad?
La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo considera que si no hay pruebas concluyentes que demuestren que la enfermedad actual es recidiva de la enfermedad anterior, entonces no se trata de la misma enfermedad. La consecuencia de esto es que no pueden sumarse las licencias otorgadas por una y otra enfermedad como si fueran una sola y por lo tanto el empleado puede gozar de un nuevo periodo completo de licencia paga.
En el caso en particular, la actora sufrió un rechazo agudo renal que le generó insuficiencia renal crónica, y se reincorporó al puesto durante el período de reserva del mismo. Luego, sufrió un cuadro de hipertensión y la empleadora entendió que era una recidiva de su problema renal, razón por la cual no pagó los salarios de la licencia por enfermedad, porque la actora ya había cobrado los 6 meses que exigía la ley.
La Cámara entonces aclaró que la recidiva es la repetición de una enfermedad luego de terminado el periodo de convalecencia. En este caso, no surgía de los estudios que la hipertensión fuera recidiva de la insuficiencia renal, razón por la cual se trataba de una nueva enfermedad y comenzaban a correr nuevamente los plazos.
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Impuesto a las Ganancias
Las gratificaciones por retiro voluntario no aplican para Ganancias
La Corte Suprema de la Justicia de la Nación determinó que las gratificaciones por retiro voluntario de los empleados no son objeto del impuesto a las Ganancias, por lo que no corresponde efectuar ninguna retención sobre las sumas.
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Extreman los controles por deudas de Cargas Sociales
Denuncias penales por la falta del pago de aportes
La AFIP ha comenzado a realizar denuncias formales a aquellos contribuyentes que hayan retenido los aportes a los empleados y, a la fecha de su vencimiento, no hayan hecho el pago total correspondiente, a través del F931 –AFIP.
Recordamos que la ley penal tributaria y previsional establece una pena de 2 a 6 años de prisión al empleador que no deposite total o parcialmente el importe de los aportes retenidos a sus empleados dentro de los diez días del vencimiento, cuando la deuda supere $20.000 para cada mes.
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Multas y sus montos
Se endurecen las sanciones por Infracciones Laborales
Les detallamos las multas de las que pueden ser objetos los empleadores que no cumplan:
- Multas de entre $900 y $5.400 - infracciones leves:pagar tarde los sueldos, no poner en lugar visible la planilla horaria, no otorgar descanso al mediodía a las mujeres (de corresponder), no cumplir con normas de seguridad e higiene.
- Multas de entre $1.080 a $7.200 - infracciones graves: falta de datos en los registros laborales, no entrega de certificados al extinguirse la relación laboral por pedido del trabajador, falta de entrega de los recibos, violación de normas en materia del derecho laboral, no respetar las modalidades contractuales.
- Multas de entre $1.800 a $72.000 y posible clausura - infracciones muy graves: discriminación en el empleo y actos que ataquen la intimidad y dignidad del trabajador, falta de inscripción en los registros, violación a las normas del trabajo de menores. En estos casos, se podrá clausurar el establecimiento hasta 10 días, pero manteniendo el derecho de los trabajadores al cobro de las remuneraciones.
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Sabía Ud. que…
… una empresa presentó declaraciones juradas de IVA en cero y por eso deberá pagar multas por defraudación? A pesar de rectificar las liquidaciones, no pudieron evitar la sanción que puede llegar a una penalidad de hasta diez veces el monto evadido.
… se excluyeron del régimen de Monotributo a 100 personas que compraron paquetes turísticos a Brasil para ver el Mundial? Esto se debe a que realizaron gastos que superan los ingresos declarados para su categoría.
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Esperamos que el presente InfoServicio, elaborado especialmente para nuestros clientes, le haya sido de utilidad. Es nuestra intención proveerlos información completa y actualizada para que puedan tomar decisiones apropiadas, y las lleven a cabo en los plazos y formas legales. No dude en comunicarse con nosotros en caso de necesitar más detalles sobre algún tema.
Hasta la próxima,
Gerardo Raposo
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