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 INFOSERVICIO - Octubre 2015

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Índice

Estudio Raposo y Asociados Empleados Domésticos
Acuerdo de aumento salarial para septiembre y diciembre (Ver más)

Estudio Raposo y Asociados Se extiende por 12 meses más.
Reducción de contribuciones patronales para Micro Empleadores y PyMEs
(Ver más)

Estudio Raposo y Asociados Una vez más…
Se extiende el blanqueo de moneda extranjera hasta el 31/12/2015. (Ver más)

Estudio Raposo y Asociados  Ingresos Brutos en CABA.
La AGIP está excluyendo de oficio a los inscriptos en el Régimen Simplificado. (Ver más)

Estudio Raposo y Asociados Cada vez mas gestiones ON-LINE.
ARBA incorpora más actividades a la obligación de confeccionar y pagar las DDJJ por Internet. (Ver más)

Estudio Raposo y Asociados Después de 2 años de vigencia.
La AFIP aclara quien puede tomarse como pago a cuenta las percepciones de la tarjeta de crédito. (Ver más)

 

 

 

 

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Estudio Raposo y Asociados Empleados Domésticos
Acuerdo de aumento salarial para septiembre y diciembre.

En la primer paritaria de la historia, las partes acordaron la semana pasada un 28% de aumento a pagar de la siguiente forma: 21% en septiembre y 7% en diciembre. El acuerdo se dio en el marco de la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares, que está compuesta por los sindicatos que nuclean a las empleadas domésticas, asociaciones de empleadores y el Estado Nacional, a través del Ministerio de Trabajo y de Economía.
Les detallamos las escalas vigentes desde el 01/09/2015 y 01/12/2015:


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Estudio Raposo y Asociados Se extiende por 12 meses más.
Reducción de contribuciones patronales para Micro Empleadores y PyMEs

Por decreto se ha extendido la vigencia de la Ley de Promoción del Empleo Registrado que permite gozar de reducciones en las Cargas Sociales a los empleadores que cumplan las siguientes condiciones:

Que tenga menos de 80 trabajadores.
Que el nuevo empleado sea contratado por tiempo indeterminado.
Que la cantidad de empleados supere los existentes al 03/2014.
Que no estén incluidos en el Registro Público de Empleadores con Sanciones Laborales (REPSAL).
El beneficio tiene vigencia por 24 meses y es solo por los nuevos empleados que se incorporen y que excedan la nómina existente al 03/2014. Consiste en una reducción del 50% de las contribuciones de seguridad social por los primeros 12 meses y del 25% por los segundos 12 meses. En caso de empresas que tengan hasta 15 empleados la reducción es del 100% y 75% respectivamente.
Recordemos que además los empleadores que tengan hasta 5 empleados, que no sean Sociedades Anónimas y que facturen anualmente menos de $ 2.400.000,- gozan de una  reducción permanente del 50% de las contribuciones de seguridad social.

 

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Estudio Raposo y Asociados Una vez más…
Se extiende el blanqueo de moneda extranjera hasta el 31/12/2015.

Recuerde que comprando CEDINES y/o BAADE en cualquier entidad bancaria, Ud. queda eximido de justificar el origen del dinero. Asimismo queda liberado ante la AFIP de pagar los impuestos no declarados anteriormente, correspondientes al dinero blanqueado, lo cual resulta de utilidad en caso de sufrir fiscalizaciones de dicho organismo.

Por otra parte los CEDINES pueden utilizarse para pagar distintos tipos de inversiones inmobiliarias. La nueva reglamentación prevé que el vendedor del inmueble, empresa constructora o proveedor de materiales de construcción que haya aceptado los CEDINES podrá canjear los mismos por dólares el mismo día de efectuada la operación de compraventa.

 

 


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Estudio Raposo y Asociados  Ingresos Brutos en CABA.
La AGIP está excluyendo de oficio a los inscriptos en el Régimen Simplificado.

La AGIP esta cruzando datos de los contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos con lo declarado a la AFIP y pasándolos automáticamente al Régimen General. Dichos contribuyentes que antes pagaban una cuota fija bimestral deberán pagar un porcentaje mensual sobre su facturación.

Recordemos que para poder permanecer en el régimen simplificado, los contribuyentes no deben superar los $ 240.000,- de ingresos anuales, sumando tanto los ingresos alcanzados por el impuesto como los ingresos exentos. En ese sentido hemos tomado conocimiento que la AGIP estaría comparando la totalidad de ingresos declarados por los contribuyentes en sus declaraciones juradas de Monotributo y de Ganancias, como ser: Alquileres, Honorarios Profesionales, Intereses, etc., e inclusive conceptos que están excluidos del impuesto como ser Sueldos y Jubilaciones. Ante cualquier duda, sugerimos contactarse con nosotros vía email.  

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Estudio Raposo y Asociados Cada vez mas gestiones ON-LINE.
ARBA incorpora más actividades a la obligación de confeccionar y pagar las DDJJ por Internet.

Se incorporan a esta obligación a partir de este mes las siguientes actividades (entre otras): mudanzas, transporte de carga, servicios inmobiliarios, informática y enseñanza (todos los niveles), actividades primarias, construcción, compraventa de vehículos, reparación de vehículos, venta en comisión o consignación, etc.

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Estudio Raposo y Asociados Después de 2 años de vigencia.
La AFIP aclara quien puede tomarse como pago a cuenta las percepciones de la tarjeta de crédito.

Según la respuesta dada por la AFIP a una consulta efectuada por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de CABA, únicamente el titular de la tarjeta de crédito puede computarse las percepciones practicadas como pago a cuenta del impuesto a las ganancias o del impuesto sobre los bienes personales por compras efectuadas en el exterior, aunque las mismas hayan sido hechas por tarjetas adicionales.

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Esperamos que el presente InfoServicio, elaborado especialmente para nuestros clientes, le haya sido de utilidad. Es nuestra intención proveerlos información completa y actualizada para que puedan tomar decisiones apropiadas, y las lleven a cabo en los plazos y formas legales. No dude en comunicarse con nosotros en caso de necesitar más detalles sobre algún tema.

Hasta la próxima,

Gerardo Raposo


Gerardo Raposo

 

 

 


 

 

 

 

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